jueves, 27 de septiembre de 2018

UNA VIDA EN CUATRO CAJAS

LA AMENAZA DE UN DESAHUCIO: UNA VIDA EN CUATRO CAJAS”

Para situarnos, veremos en principio, el MARCO LEGAL sobre vivienda en España:

El art. 47 de la Constitución española recoge el “derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada” y obliga, asimismo, a que “los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación….”

Éste es un derecho social en sentido estricto, es decir, se trata de un derecho que no se configura como un derecho subjetivo y que, en consecuencia, no confiere a sus titulares una acción ejecutable en el orden a la obtención directa de una vivienda digna y adecuada.

La obligación que el art. 47 CE impone a los poderes públicos se precisa en el art. 148.1.3ª CE al establecer que las CC.AA. podrán asumir como competencia exclusiva “la ordenación del territorio, urbanismo y vivienda”, competencia que ha sido efectivamente incluida en todos los Estatutos de Autonomía.

Por otra parte, el concepto de “vivienda digna y adecuada” que proclama el art. 47 CE no es solo predicable de la vivienda en propiedad, sino también de las viviendas en alquiler (Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, modificada por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado de alquiler de viviendas,…..)

En 2013, el PP reforma la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) reduciendo la duración de los alquileres de 5 a 3 años, agilizando el procedimiento de desahucio por impago de renta, eliminando el derecho al tanteo y el retracto y desvinculando la actualización de la renta del IPC, con lo que el propietario puede aumentar la renta por encima del coste de la vida.

Lamentablemente, este derecho a la vivienda entra en colisión con la realidad y, especialmente tras la crisis económica y financiera de 2008, la vivienda no como necesidad sino como negocio especulativo.

Después de esta introducción,  hemos contado en esta ocasión con Luis Chamarro, coordinador de PAH Madrid, sociólogo, pequeño empresario jubilado y experto en la materia, quien nos explicó la situación actual, las distintas situaciones que se dan, los desahucios invisibles, los procedimientos de actuación en los desahucios, los casos resueltos, los apoyos institucionales o de medios de comunicación con los que cuentan, los responsables de esta situación (crisis económico-financiera, Bancos, Políticos, los afectados) y las soluciones.

Las 5 propuestas de la PAH:

1.      Dación en pago
2.      Alquiler asequible
3.      Stop desahucios
4.      Vivienda social
5.      Suministros garantizados

OFICINA DE INTERMEDIACIÓN HIPOTECARIA DEL AYTO.MADRID:
Ofrece a los deudores solo la dación en pago de las viviendas. El Ayto. ofrece mediación con el Banco acreedor a la familia que va a ser desalojada. La PAH considera que esto es un negocio redondo para las entidades bancarias y aprobó en asamblea en abril/2016 pedir un recurso de amparo al Defensor del Pueblo debido a la falta de respuesta por parte del Ayto. de Madrid a sus peticiones de información sobre la Oficina de Intermediación Hipotecaria.

Sentencia del Tribunal Supremo de 23/3/18: confirma que los inquilinos puedan denunciar la venta de sus viviendas públicas a fondos buitre (afectados por la venta de 2.935 viviendas del IVIMA al fondo buitre de inversión AZORA-GOLDMAN SACHS)

Incumplimiento de la Directiva 93/13 de la CEE, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas en los contratos celebrados con consumidores.

Más de 17.000 suicidios (las cifras oficiales disminuyen esta cifra entre un 20%/30%) consecuencia del desahucio vital (pérdida del trabajo, accidentes laborales que derivan en una incapacitación, violencia doméstica -considerada de género pero existen circunstancias económicas previas que imposibilitan la convivencia- )

En el periodo [2007-2017], 773.000 ejecuciones hipotecarias (lanzamiento) de primeras viviendas.

Según la Justicia europea, las 773.000 ejecuciones hipotecarias tienen derecho a reclamar (todo ciudadano europeo maltratado en temas hipotecarios tiene derecho a una compensación nacional)

El año pasado (2017) en España, 35.666 (60%) familias y particulares fueron desahuciados por impago del alquiler frente a las 22.330 (40%) familias que perdieron la casa por no pagar la hipoteca.

Madrid fue la cuarta región de España en número de desahucios, después de Cataluña, Andalucía y C. Valenciana. Si atendemos solo a los lanzamientos por alquileres, la primera es Cataluña seguida de Madrid.

El grueso del alquiler en España se concentra en Madrid y Barcelona con casi un millón de viviendas. En estas ciudades, los desahucios por impago del alquiler suponen el 80% de los desahucios.

Desde hace 5 años, la cifra de desahucios por impago del alquiler se ha mantenido relativamente en el tiempo frente a la caída de los desahucios derivados del impago de la hipoteca, especialmente a partir de 2015. En el primer trimestre de 2018, se produce una caída de ejecuciones hipotecarias del 43,9%. Sin embargo, los desahucios derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos experimentaron un incremento del 3,9%.

La aprobación del R.D. que establecía medidas para paliar el problema de los desahucios para las personas en riesgo de exclusión social, la mejora económica y un euribor -indicador al que está referenciada la mayoría de las hipotecas- en mínimos históricos han permitido que las familias hayan tenido menos problemas para afrontar el pago de la hipoteca o, al menos, no sufrir un lanzamiento.

No ha sido así con los desahucios por impago del alquiler que, en el último año y coincidiendo con el “boom” que están experimentando los precios de los arrendamientos en las principales ciudades, han sufrido su primer incremento desde 2013.

Los procedimientos de desahucio en España suelen durar unos 8 meses. Es decir, el impacto de la fuerte y reciente subida de los alquileres y los posibles impagos podría no verse hasta pasados unos meses.


DETRAS DE LOS NÚMEROS, LAS PERSONAS

Detrás de todas estas cifras, existen miles de personas cuya existencia vital se ha visto afectada gravemente por las situaciones económicas expuestas.
Los desahucios que vemos por televisión constituyen sólo la punta del iceberg de esta tragedia. 

Es más, antes incluso que el desahucio tal y como lo conocemos, se produce los que se llama "desahucio vital", donde las familias tocan fondo económicamente (trabajos precarios, ERES, hipotecas abusivas...) y esto se traduce en pérdida de la calidad de vida, a nivel psiquico, físico y social. 

Surgen entonces problemas de salud, depresiones, roturas de matrimonios, familias destrozadas, suicidios.

Es un TERROR HIPOTECARIO consecuencia del TERRORISMO FINANCIERO encabezado por las grandes corporaciones financieras.
A estos terroristas, se les unen:
- Gobiernos que no cambian las injustas leyes hipotecarias.
- Jueces que no cumplen las leyes.
- Abogados que no defienden a los más necesitados.
- Policías que amenazan a las familias de manera ILEGAL, apoyando a unas Comisiones Judiciales también ILEGALES. Policías armados contra gente desarmada que después de perderlo todo, también pierden su casa...

Imaginad el miedo de esas familias, niños, abuelos, a tener que salir de su casa con toda su vida metida en apenas unas pocas cajas.

Los números arriba expuestos sobre ejecuciones hipotecarias son tan solo los desahucios VISIBLES, cuando el afectado llega hasta el final del proceso de ejecución hipotecaria. 
La mayoría de las veces, los desahucios se producen en silencio, en distintos puntos de este proceso: los que dejan sus casas sin que lleguen los papeles de ejecución, los que las abandonan en cuanto son avisados, o cuando llevan algunos meses sin pagar...

SOLO 3 JUECES llevan los miles de casos hipotecarios en Madrid, y éstos no aceptan las directivas europeas que promulgan que las ejecuciones hipotecarias, tal y como están planteadas en España, y sobre todo si son de primera vivienda o si existen menores, son completamente ILEGALES. 
La jurisprudencia europea, que protege como esencial el derecho a la vivienda, debería primar sobre la española, si ésta incumple unos derechos mínimos.

Es triste comprobar que la Constitución Española, en sus artículos referentes a la vivienda, no se cumple, nunca se ha cumplido.
Esto constituye una vulneración flagrante de los derechos de las personas.

Algunas soluciones pasarían por las corporaciones municipales. Si tan sólo los alcaldes dejaran que la policía municipal no acompañaran a las comisiones judiciales por ser éstas ilegales, muchos de los desahucios no podrían llevarse a cabo. 
No es de recibo destinar recursos públicos para echar a la gente a la calle, en beneficio de bancos y entidades privadas.
En pleno boom de la burbuja inmobiliaria, los bancos daban hipotecas a sabiendas de que muchas de ellas no podrían devolverse, y ahí estaba su GRAN NEGOCIO.

Las desgracias personales sufridas por el tema de los desahucios, son crímenes de LESA SOCIEDAD, y, sin pretender ensombrecer a las víctimas de ETA y los muertos de las cunetas del franquismo, resulta desgarrador, terrible, sobrecogedor...

El drama de los desahucios, es uno de los DESASTRES SOCIALES más graves que ha sufrido este pais, pero no saldrá en los libros de historia a no ser que nosotros hagamos de altavoces.

“Los contratos se cumplen, las deudas se revisan”

PERSONA DESTACADA: Rosalind Franklin

Guindalera por la Convivencia  declara  MUJER DESTACADA DEL MES  a la fallecida científica del siglo XX ROSALIND FRANKLIN por sus aportacion...